En el segundo desayuno “Punto por Punto” diversos expertos abordaron los mecanismos alternos de solución de controversias, considerando lo siguiente:

  • Debido a que la legislación en la materia ha sido competencia de los Congresos locales cada entidad ha decidido, de forma particular, cómo implementar y operar los Mecanismos Alternos de Solución de Controversias (MASC). La ausencia de claridad conceptual ha derivado en una situación heterogénea, algunas entidades han optado por la conciliación, otras por la mediación y otras más han creado mecanismos bajo distintas denominaciones; respecto a la sede la situación es igualmente diversa. A partir de su experiencia ¿cuál considera que es el modelo que ofrece las mejores ventajas? ¿cuál considera que debería ser la sede de los mecanismos?
  • En el año 2012, Nuevo León reportó un total de 23, 421 denuncias de las cuales 38.74% fueron remitidas a justicia alternativa, de éstas el 32.6% llegó a un acuerdo reparatorio, lo que representa el 11% del total. En Baja California los números son similares; entre 2010 y 2012, de 82,981 asuntos el 45% fue remitido a justicia alternativa y de éstos en el 65% se llegó a un acuerdo, lo que representa el 13% del total. Los mecanismos alternos se introdujeron bajo la premisa de que descongestionarían el sistema, en este sentido ¿estamos ante los resultados esperados? ¿se puede o debe hacer algo para incrementar el porcentaje?
  • En Baja California observamos un cumplimiento de acuerdos derivados del uso de los mecanismos alternos del 90% y una satisfacción de 95% por parte de los usuarios. Resultados positivos incentivan recurrir en mayor medida a los MASC, sin embargo sin mecanismos que den seguimiento y vigilen el cumplimiento de los acuerdos disminuye la posibilidad de consolidar la justicia alternativa como una opción viable ya que se presenta el riesgo de convertirse en un mecanismo inútil al no garantizar certidumbre jurídica a las partes. ¿Cuál es la importancia de los mecanismos de seguimiento y verificación del cumplimiento de acuerdos? ¿cuál sería el modelo ideal de estas unidades?
  • Por lo general, debido al tipo de delitos se enfatiza la importancia de recurrir a los mecanismos alternos en el ámbito del fuero común, sin embargo la reforma penal también contempla la utilización de estas alternativas para el fuero federal. En este sentido ¿cuáles son los alcances de los MASC en el fuero federal? ¿Se espera que la incidencia de los MASC sea significativa dentro de este ámbito?
  • La reforma penal conlleva un necesario cambio en los perfiles y competencias de los operadores de las distintas instituciones del sistema de justicia. En el caso específico de los MASC se ha polemizado respecto del perfil idóneo para los mediadores/conciliadores y muchos se han pronunciado en contra de que sean Ministerios Públicos quienes los operen ya que carecen de las competencias necesarias. ¿Cuál considera que debería ser el perfil de estos operadores?

Descarga la relatoría para conocer los puntos de vista expuestos durante este evento, que contó con la participación de Rafael Lobo Niembro, Director de Alinea Centro de Mediación y Solución de Controversias; Nancy Flemming Tello, Coordinadora de Justicia Alternativa del Sistema de Gestión Internacional (MSI); Abraham R. Cortez Bernal, Director del Sistema Estatal de Justicia Alternativa Penal de Baja California; y Martha Camargo, Directora del Centro de Mediación, Conciliación y de Justicia Restaurativa del Poder Judicial del Estado de México.

Conoce más sobre los retos de la investigación en el proceso penal en este reportaje de #Odisea2016

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A través del buen aprovechamiento de los datos y las historias, Proyecto Justicia es un proyecto editorial y de investigación que tiene como objetivo sentar las bases de la justicia abierta en México, así como contribuir al fortalecimiento de la consolidación del nuevo sistema de justicia penal.