Todos los derechos, tanto de la víctima como del imputado, giran en torno a dos grandes puntos: la justicia y la verdad.
A diferencia del sistema penal inquisitorio, en el sistema acusatorio penal podemos observar una participación más activa de estas dos partes.
En días pasados Proyecto Justicia publicó este vídeo creado por el Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal como parte de su campaña 2015, donde especialistas en el sistema penal nos hablan de los nuevos derechos reconocidos que tienen las víctimas así como la igualdad durante el proceso entre el sujeto activo (imputado) y pasivo del delito (víctima) y los instrumentos de atención a victima con los que actualmente cuenta el sistema penal.
Con estas reformas se busca integrar a la legislación interna (leyes) los derechos humanos reconocidos por la comunidad internacional y ratificados por el Estado mexicano por medio de los tratados internacionales de los cuales forma parte.
Las reformas en este sentido van desde la Constitución, pasando por el Código Nacional de Procedimientos Penales y en materia de victimas incluso tienen su regulación específica en la Ley General de Víctimas.
El plano igualitario entre las partes del proceso penal gira en torno a la verdad, ya que ambos tienen derecho a conocer, de manera jurídica, que fue lo que pasó y a la justicia pues tanto la victima tiene derecho a que se le repare el daño de una manera integral como el imputado tiene derecho a un proceso justo en el que la pena no exceda el delito cometido.
Ahondemos un poco respecto a la reparación integral de la víctima.
Este nuevo concepto establecido en la ley especializada en víctimas se lo debemos atribuir como un logro a la participación activa de la sociedad civil en conjunto con instituciones académicas, especialistas y activistas en derechos humanos, así como expertas y expertos en el tema de víctimas.[1]
La reparación integral no solo implica la indemnización económica a la víctima, también incluye el restablecimiento de las cosas como estaban antes de la comisión del delito, restitución de sus bienes incautados por la autoridad, reparación del daño moral (rehabilitación), satisfacción de justicia[2], compensación por el perjuicio causado y la no repetición de los actos victimizantes[3].
En conjunto se le da un papel activo también al imputado, el cual cuenta con mecanismos previstos por la ley para hacer valer sus derechos consagrados en la Constitución y otras leyes penales los cuales buscan que tenga acceso a la justicia como cualquier otro ciudadano y que le sean respetados sus derechos humanos y garantías constitucionales.
Los instrumentos creados en este sentido son una parte sustancial del sistema penal implementado por México ya que abren la puerta a un enfoque más humano en la impartición de justicia.
[1] Exposición de motivos Ley General de Victimas.
[2] La satisfacción de justicia se refiere al reconocimiento público del daño cometido en su contra y de su dignidad por medio de disculpas públicas, actos conmemorativos, monumentos, etc.
[3] Ley General de Víctimas.