Con esta entrega iniciamos el segundo año de esta investigación cuyo propósito es la de registrar el comportamiento que presenta la actividad jurisdiccional de forma trimestral, en el Nuevo Sistema de Justicia Penal de corte acusatorio y oral. En esta oportunidad se realizaron 31 solicitudes de información pública, de las cuales 30 se presentaron ante las Unidades de Acceso a la Información Pública de los Poderes Judiciales de igual número de entidades federativas así como de la correspondiente al Poder Judicial de la Ciudad de México. Mientras que la restante, se dirigió al Consejo de la Judicatura Federal por lo que estamos en condiciones de registrar el comportamiento de las causas penales en el ámbito federal.

Por otra parte, se cuentan con nueve variables de análisis de acuerdo con lo que a continuación se describe:

Variable Abreviatura
Causas Penales totales CP
Audiencia Inicial sin detenido AI
Acuerdo Reparatorio AR
Suspensión Condicional del Proceso SC
Procedimiento Abreviado PA
Juicio Oral JO
Causas penales que iniciaron por una orden de aprehensión OA
Causas penales que iniciaron por una orden de comparecencia OC
Causas penales que concluyeron con la vinculación a proceso del imputado VP

Adicionalmente, se agrega por primera ocasión la información distrital que en la materia nos proporcionan en su gran mayoría los Poderes Judiciales de las entidades federativas. De esta forma, se puede apreciar el ritmo de implementación en sus respectivos distritos del Nuevo Sistema de Justicia Penal. En este sentido, vale la pena destacar que en Colima y Nuevo León, el sistema judicial opera sin distritos. Por lo que hace a Michoacán, se nos entrega la información por regiones a pesar de que la solicitamos desagregada en Distritos Judiciales. No cuento hasta este momento, con una explicación razonable más allá de que así la “manejan”. Por su parte, Puebla me envía su información a nivel estatal, hasta esta quinta entrega no ha sido posible por aspectos administrativos internos, que nos desagreguen la información a nivel Distrital.

Asimismo, sumamos la información proporcionada por Sonora, principalmente en el Distrito Judicial de Hermosillo. Lamentablemente, no contamos con la información del Poder Judicial de San Luis Potosí que, a través de su Unidad de Información Pública, no ha querido brindar las respuestas a las solicitudes enviadas, por lo que me remitieron a un informe realizado por ellos, pero que contiene parcialmente las variables de estudio y en algunos casos presentan discrepancias en sus cifras que hace necesario realizar diversas llamadas telefónicas para superarlas.

Se presentaron los recursos de queja correspondientes ante la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí de los que aún estamos en espera de la resolución, además de lo señalado en el párrafo anterior, porque  el titular de la Unidad de Información Pública en su oficio nos hizo llegar la siguiente advertencia, la que reproduzco textualmente: “Además de que cuando se solicite información cuya entrega obstaculice el buen funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, en virtud del volumen que representa, la obligación de dar acceso a la información se tendrá por cumplida cuando se ponga a disposición del solicitante las rutas electrónicas, cuando se encuentre en este formato, sin que ello implique el procesamiento de la misma.”

Al respecto quiero indicar para dimensionar este punto que el año pasado se registraron en San Luis Potosí 89 causas penales en toda la entidad. En el mismo período, los dos estados con mayor volumen de causas penales ingresadas Chihuahua y Nuevo León, admitieron 10,152 y 9,086, respectivamente. A pesar de ello, no he recibido ni en forma verbal ni por escrito, una queja de que mis solicitudes estén obstaculizando el buen desempeño de los órganos jurisdiccionales de esos dos estados ni tampoco de los 27 restantes que me brindaron las respuestas a las solicitudes presentadas. Quiero suponer, que el Poder Judicial de San Luis Potosí, ya ha de haber advertido al INEGI que lleva a cabo el Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal de forma anual, que pone en riesgo su funcionamiento. Si yo la recibí por tan solo 9 preguntas, no veo razón por la que un censo como el del INEGI, con decenas de preguntas, no la haya recibido.

Por supuesto, lo anterior no es obstáculo para expresar mi sincero reconocimiento a las Unidades de Información Pública de los Poderes Judiciales del país. Espero seguir contando con su comprensión para continuar llevando a cabo esta investigación. Tengo la confianza de que así será y de que estaré en contacto trimestralmente para registrar el acontecer de la actividad jurisdiccional en las entidades del país. Concluyo como se acostumbra en estos y otros casos, todo lo escrito es responsabilidad exclusiva del autor.

Descarga la investigación completa: 1T16 LA SENDA DE LA JUSTICIA EN EL NUEVO SISTEMA PENAL

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Víctor Manuel Vallejo Cruz

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