México es en una de las pocas democracias que priva del derecho a votar a sus ciudadanos cuando entran en la cárcel, aún cuando no han sido sentenciados.
México vive este primero de julio la jornada electoral más grande en su historia, de ella, 204,000 mexicanos están excluidos: no votarán. Perdieron ese derecho al estar dentro de una prisión.
La restricción a los derechos políticos de las personas privadas de la libertad está en la Constitución, en su artículo 38. Esta es una de las pocas normas que no se han tocado, a pesar de las muchas modificaciones que se han hecho a la norma suprema desde 1917.
“El olvido actual de las cárceles tiene mucho que ver con que políticamente no es una población rentable”, dice en entrevista Saskia Niño de Rivera, presidenta de la fundación Reinserta. “Restablecer el derecho al voto crearía un interés político distinto en bienestar de los internos”.
En medio del hacinamiento, la mala alimentación, la sobrepoblación y el autogobierno que viven a diario la mayoría de las personas privadas de la libertad, el voto podría resultar poco importante. Sin embargo, ejercer este derecho además de favorecer su reinserción social, también puede tener un impacto real sobre el clima político del país.
En 2006, por ejemplo, la presidencia de Felipe Calderón se decidió por una diferencia de 243,934 votos. Ese mismo año, 210,140 ciudadanos no votaron por estar en prisión.
La población privada de la libertad también supera el total de los 181, 256 mexicanos que se inscribieron en la Lista Nominal de Mexicanos Residentes en el Extranjero (LNMRE) para ejercer su voto desde su lugar de residencia.
“El voto de las personas privadas de la libertad y de su núcleo familiar sería capaz de modificar la suerte de una elección presidencial”, dijo en entrevista Miguel Sarre, investigador del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y experto en derecho penal y derecho penitenciario. Es un componente que numéricamente implica una fuerza decisiva, menciona.
Las elecciones en los centros penitenciarios son una realidad en países como en Argentina, Costa Rica, Colombia, España o Canadá, pero en México la restitución del sufragio ha pasado como una propuesta inadvertida en medio de controvertidas discusiones que han terminado en la Suprema Corte de Justicia.
La discusión es aún más profunda cuando se trata de las personas que están presas sin condena. La propia Constitución establece como un derecho fundamental para toda persona imputada la presunción de inocencia. En las prisiones mexicanas, para abril de 2018, según el Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional, había 79,619 personas que no habían recibido una sentencia.
Esto significa que al 39.09 por ciento de las personas privadas de la libertad se les está vulnerando su presunción de inocencia y su posibilidad de participar en las decisiones sociales.
Esta práctica –condenada por el derecho internacional– representa un acto discriminatorio desde la propia constitución ya que la personas que no han sido condenadas deberían de poder votar, según Patricia González, exprocuradora de Chihuahua e investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
Organizaciones internacionales señalan, que hasta el momento, ningún estudio ha probado que la inhibición de diversos derechos, como el voto disuade a las personas para no cometer delitos.
La cárcel, ¿sinónimo de justicia?
En México el encarcelamiento de los jóvenes y las personas en condición de pobreza se ha convertido en una política no escrita, así lo muestran los resultados de la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL 2017), que indica que las personas en prisión eran artesanos, obreros, comerciantes, ambulantes o trabajadores agrarios antes de ingresar a prisión.
La mayoría de la población privada de la libertad (68.1 por ciento) tiene entre 18 y 39 años. De ellos, el 70.3 por ciento tiene dependientes económicos, según la misma encuesta. Además, como ya lo ha documentado anteriormente México Evalúa, la prisión mexicana se ha convertido en un lugar para albergar a individuos acusados por delitos no graves o que se encuentran en espera de un proceso judicial.
La prisión implica perder, al menos temporalmente, el ejercicio de derechos ciudadanos tan relevantes como: la libertad de tránsito, la libertad de asociación y el voto.
La desvalorización de las personas privadas de la libertad tiene que ver con el corazón de los derechos humanos, explica Miguel Sarre, de esta forma se considera que ciertas personas carecen de autonomía, en cuanto a la conducción de su autodeterminación en su proyecto de vida.
En un primer momento el Estado mira al recluso como una suerte de enemigo que no respeta las reglas y por ello no solamente se le priva de la libertad sino de otros derechos, entre ellos los políticos, dijo en entrevista Daniel Cunjama, investigador del Instituto Nacional de Ciencias Penales Centro Público de Investigación (INACIPE).
“Aunque el Estado tiene un razonamiento para ello, desde el punto de vista de la sociología jurídica, estas personas son discriminadas y relegadas de poder decidir políticamente”, menciona Cunjama.
“Como sociedad tampoco le hemos exigido a los candidatos a que volteen a ver nuestras cárceles porque nuestra actitud como ciudadanos es ante la venganza. Somos personas vengativas que en muchas ocasiones pensamos que entre peor estén las condiciones de las prisiones, de alguna manera, sentimos más satisfacción” mencionó Saskia Niño de Rivera.
México tiene un rezago histórico en el tema relacionado con las votaciones, según Patricia González, quien dice que las personas en reclusión han sido invisibilizadas en un derecho fundamental como el voto, sin tomar en cuenta el principio de presunción de inocencia.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha resuelto más de una veintena de sentencias relacionadas con derechos político- electorales. En algunos de ellos se trata de personas que están purgando una condena en libertad y no lograron tener acceso su credencial de elector.
Parte de esta problemática, señala González, se debe a que las autoridades no han creado mecanismos eficientes para las personas que pagaron su condena o están compurgando el proceso en libertad, ya que en la mayoría de los casos se enfrentan a “un papeleo engorroso” para obtener un carnet que termina revictimizándolos.
La modificación del artículo que prohíbe el voto a las personas privadas de la libertad ha sido poco discutido en el Congreso de la Unión, senadores como Angélica de la Peña y algunos diputados propusieron en 2016 eliminar la fracción II del artículo 38, pero la iniciativa no prosperó.
La Suprema Corte en 2011 dio un paso adelante en este sentido, al establecer que las personas que llevan su proceso penal en libertad, no pierden su derecho al voto.
A partir de esta tesis, las personas que todavía enfrentan un proceso pero lo están haciendo en libertad, podrán votar en estas elecciones, lo que resulta positivo dice Miguel Sarre. Sin embargo, desde su perspectiva, también es un hecho contradictorio puesto que quienes se quedan en prisión, aún sin ser sentenciados no lo pueden hacer.
“Quitar todos los derechos políticos de las personas privadas de libertad contraviene toda la tradición humanitaria, como también lo establecen las Reglas Mandela, de decir que hay que ofrecer educación para que las personas tengan horizontes y puedan cultivarse en reclusión”, dice Sarre.
El experto en derecho penal señala que esta limitación también restringe el incentivo de la educación política, “porque cuando salgan estarán desorientados políticamente porque no se formaron en este aspecto y tampoco ejercieron su derecho al voto”.
Paradojas electorales
La integración del sistema penitenciario como parte de la sociedad civil y de los partidos políticos es algo que urge en materia de seguridad, señala Saskia Niño de Rivera.
La restitución del sufragio, dice Miguel Sarre, no sólo representa el poder de influir en la composición política, sino también el influir en un grupo de poder para que voltee a ver las prisiones y el día a día de las personas privadas de la libertad.
Las restricciones que enfrentan la mayoría de las personas privadas de libertad parece que no son para todos. Varios políticos que se encuentran en prisión -sin recibir sentencia- contienden por sindicaturas, alcaldías y diputaciones.
Uno de los casos de mayor impacto es el de Francisco López Villafranca, candidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI) a la presidencia municipal de San Carlos, Tamaulipas, quien está preso desde mayo pasado por el probable delito de homicidio y asociación delictuosa.
Desde entonces, la familia del candidato encabezó su campaña, asegurando que el candidato del tricolor es inocente. Sergio Guajardo, líder estatal del PRI en Tamaulipas declaró a la prensa que “nuestro candidato, desde la cárcel, habrá de ganar la elección”
El Instituto Electoral de Tamaulipas, cuestionado por la prensa, informó que no recibió ninguna notificación de que López Villafranca fuera privado de sus derechos y por lo tanto, estuviera impedido para participar en la contienda electoral.
El caso de Francisco López resulta una excepción dentro de los principios que establece el artículo 38 de la constitución, ya que no comparte las mismas condiciones de aislamiento social y civil de las personas privadas de la libertad.
Las personas dentro de prisión “ya no se identifican con la sociedad. Son personas que ni siquiera se enteran de la situación política porque no tienen ningún tipo de acceso”, añade Niño de Rivera.
“Están atravesadas por la institución del encierro, la corrupción y la violencia”, concluye Daniel Cunjama. En este proceso, dice, hay una serie de paradojas “porque son personas que están muy bien insertadas en medio de la criminalidad como una opción de vida, porque eso de alguna manera les da prestigio, entonces quien desinserta es la prisión”.