En el cuarto desayuno “Punto por Punto” organizado por Proyecto Justicia el tema fue la racionalización de la prisión preventiva. La discusión entre expertos se dio considerando los siguientes puntos:

Actualmente un total de 248 mil personas se encuentran recluidas en los distintos centros del sistema penitenciario del país. Esto representa una sobrepoblación del 25% y en el caso particular del Distrito Federal del 85%[1]. De forma preocupante, poco menos de la mitad de los internos, el 41.3%, se encuentran en prisión preventiva sin que se les haya dictado aún sentencia alguna que confirme su culpabilidad.[2]

La prisión preventiva es una medida cautelar, que de acuerdo con los estándares internacionales, debe utilizarse de forma excepcional; sin embargo, en México su uso es la regla. En gran parte debido a que la misma Constitución establece una categoría de delitos para los cuales la prisión preventiva opera de forma oficiosa. De forma sistemática la prisión preventiva vulnera la presunción de inocencia de más de 100 mil personas en el país al mismo tiempo que las coloca en una situación propensa a distintos tipos de violencia y riesgos para la salud. El uso abusivo de la prisión preventiva provoca además gastos para el gobierno de 13 millones de pesos diarios y pérdidas anuales por mil 900 millones de pesos para las familias de los internos[3].

Frente a los costos de la prisión preventiva se presenta el uso de medidas cautelares distintas. El Código Nacional de Procedimientos Penales incluye toda una serie de ellas, entre las que se encuentra la presentación periódica ante el juez, el uso de localizadores electrónicos, la inmovilización de cuentas o la prohibición de salir de cierto territorio, entre otras. Las ventajas de estas medidas alternativas son evidentes; de acuerdo con el Instituto de Justicia Procesal penal mientras cada persona en prisión genera gastos por 170 pesos diarios para el gobierno el seguimiento a una persona procesada en libertad cuesta tan solo 20 pesos[4]. Sin embargo, el uso de estas medidas alternativas aún es excepcional: en diez años se ha duplicado el número de personas en prisión preventiva en las cárceles del país[5].

La problemática derivada del abuso de la prisión preventiva plantea la urgencia de encontrar alternativas; ¿cómo propiciar desde las instituciones el uso de medidas cautelares distintas a prisión? ¿es necesario –como se planteó en un momento- la creación de una Ley Nacional de Medidas Cautelares o es suficiente con el capítulo actual del Código Nacional? Además, más allá del aspecto normativo ¿cuáles son algunas de las mejores prácticas detectadas en el país? Conocemos por ejemplo el caso de las Unidades de Medidas Cautelares en Morelos, las cuales registran un 95% de cumplimiento por parte de las personas procesadas en libertad[6] ¿cómo replicar este tipo de prácticas en otras entidades?

[1] Estadísticas del Sistema Penitenciario Federal, Secretaría de Gobernación, 2013.
[2] Estadísticas del Sistema Penitenciario Federal, Secretaría de Gobernación, 2013.
[3] Información del Instituto de Justicia Procesal Penal.
[4] Información del Instituto de Justicia Procesal Penal.
[5] Los Mitos de la prisión preventiva en México. Open Society Institute. 2009.
[6] Información del Instituto de Justicia Procesal Penal.

Descarga la relatoría para conocer los puntos de vista expuestos durante este evento, que contó con la participación de Ana Dulce Aguilar García y Javier Carrasco Solís, del Instituto de Justicia Procesal Penal; Raúl Salvador Ferraéz Arreola, representante de la Fiscalía Especializada en Ejecución de Penas y Medidas Judiciales del estado de Chihuahua; Luis Alejandro Durán Cerón, Director General de Sentencias y Medidas de la Secretaría General de Gobierno del estado de Puebla; y Sandra Román Colín, Directora de la Unidad de Medidas Cautelares para Adultos del estado de Morelos.

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