En esta #PreguntaFrecuente definiremos los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal (MASC).
Los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal son un conjunto de procedimientos contemplados en la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal (LNMASC) que tienen como finalidad propiciar, a través del diálogo, la solución de las controversias que surjan entre miembros de la sociedad con motivo de una denuncia o querella referidos a un hecho delictivo[1].
Los MASC contemplados en la LNMASC son:
La mediación es el mecanismo en el cual los intervinientes construyen y proponen soluciones a la controversia. En este mecanismo el facilitador únicamente propicia la comunicación y el entendimiento entre las partes[2].
La conciliación[3] es el mecanismo en el cual el facilitador no solo propicia la comunicación y el entendimiento entre las partes, sino también, presenta alternativas de solución al conflicto.
La junta restaurativa[4] es el mecanismo en el cual la víctima u ofendido, el imputado y, en su caso, la comunidad afectada proponen de opciones a la solución de controversia penal.
Si deseas saber más sobre MASC, puedes ingresar en los siguientes contenidos:
- “La otra justicia“, investigación realizada por CIDAC y Tinker la cual consiste en un reporte sobre la operación de los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal;
- Infografía de la sustanciación de los MASC en materia penal;
- Artículo “La operación de la justicia alternativa en México”.
[1] Artículo 1 de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal.
[2] Artículo 21 de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal.
[3] Artículo 25 de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal.
[4] Artículo 27 de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal.