En el décimo octavo desayuno #PuntoPorPunto se convocaron expertos con el objetivo de hablar sobre como ha sido la aplicación de los derechos humanos en el sistema penal acusatorio mexicano.
En este desayuno se contó con la presencia de los expertos Ximena Medellín, investigadora del Centro de Investigaciones y Docencia Económicas (CIDE); Edgar Cortez, miembro del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia; Ricardo Sepúlveda, Director General de Políticas Públicas de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación; Adrián Franco Zevada, comisionado de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV); y Patricia González, investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
El 18 de junio de 2016 culminó un proceso de transformación estructural del sistema de justicia penal, establecido en la Constitución en 2008. El objetivo de dicha transformación era contar con un sistema mucho más eficiente, caracterizado por la oralidad y por el respeto a los derechos tanto de las víctimas como de los imputados. Por otro lado, a partir de la reforma constitucional de junio de 2011, todas las autoridades, incluidas las de las instituciones del sistema de justicia penal, están obligadas a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Ambas reformas colocaron a las personas y sus derechos como el eje central de la impartición de justicia. Por lo tanto, uno de los mayores retos en la operación del sistema acusatorio es hacer realidad los derechos humanos de la víctima y del imputado y buscar un equilibrio entre estos.
Sin embargo, después de ocho años, muchas de las ausencias y fallas en el proceso de implementación de la reforma penal [1] continúan y, de no ser atendidas, la operación del sistema no será la idónea y pueden propiciar vulneraciones a los derechos humanos. Prueba de ello son las limitaciones institucionales para garantizar los derechos a una defensa adecuada para imputados y a una asesoría técnica para las víctimas. Los abogados particulares no se encuentran suficientemente capacitados y los defensores públicos tienen altas cargas de trabajo. En Morelos, por ejemplo, durante 2014 cada defensor público llevó, en promedio, 289 asuntos, debido a que únicamente tienen 35 defensores [2]. En el caso de los asesores de víctimas, en 2015 había 65 para toda la república, lo que representa 4.1% del total de funcionarios que en realidad se requieren para brindar ese servicio a nivel nacional; mientras que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas apenas contaba con delegaciones en 15 entidades federativas [3]
Las malas prácticas y las violaciones sistemáticas a derechos humanos solo han funcionado a las instituciones para elevar falsamente sus índices de efectividad en la persecución criminal. Pero las deficiencias y la carencia de capacidades institucionales, que han derivado en abusos y tortura, son el verdadero obstáculo para lograr la justicia y eliminar la impunidad. Esto persiste, en primer lugar, por la falta de capacitación de los operadores de las instituciones de procuración de justicia; en segundo, porque no se cuenta con protocolos y lineamientos que guíen sus actuaciones; tercero, porque no ha habido una reorganización institucional que posibilite un desempeño más eficiente; y cuarto, por la ausencia de mecanismos de seguimiento y evaluación que generen rendición de cuentas por parte de los operadores.
En principio, con la entrada en vigor del sistema penal acusatorio de manera total se esperaría una disminución en los índices de tortura y en general de las violaciones a derechos humanos, así como una mayor protección de las víctimas. Sin embargo, aún hay grandes pendientes que convierten a los derechos humanos en el mayor reto para la operación del sistema.
Ante la problemática planteada, surgen las siguientes interrogantes:
a) ¿Cuál es la importancia del máximo respeto y garantía de los derechos humanos tanto de víctimas como de imputados?
b) ¿El sistema de justicia penal acusatorio ha cumplido con su objetivo primordial de fortalecer el respeto, la protección y la garantía de los derechos humanos de víctimas e imputados? ¿Existe evidencia que muestre resultados positivos en estos aspectos?
c) ¿Cuáles son los riesgos de no contar con operadores que posean las capacidades y habilidades necesarias para una óptima operación del sistema de justicia penal en términos de derechos humanos?
d) ¿Cuál será la mejor manera de lograr un equilibrio entre los derechos del imputado y de la víctima?
e) ¿De qué forma podemos fortalecer la garantía de los derechos humanos dentro del proceso penal?
Descarga la relatoría del desayuno para conocer las opiniones de los expertos
—————————————————————————————————————————————–[1] Señaladas por CIDAC en sus tres reportes de Hallazgos de la implementación y operación de la reforma constitucional en materia de justicia penal.
[2] CIDAC (2016), Hallazgos 2015, Evaluación de la implementación y operación a ocho años de la reforma constitucional en materia de justicia penal, México: CIDAC
[3] Ídem.