A unos días de entrar en vigor el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, nos encontramos ante una pregunta importante: ¿Qué le hace falta al Ministerio Público para actuar de manera adecuada en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio? El 7 de junio de 2016 en el Octavo Foro Nacional sobre Seguridad y Justicia se reunieron el Dr. Chris Gair experto en el sistema penal acusatorio, el Mtro. Ángel Valencia Vásquez ex fiscal en Chile y la Mtra. Ana Dulce Aguilar García, Directora de Proyectos del Instituto de Justicia Procesal Penal a hablar al respecto.
El Ministerio Público es un sujeto del procedimiento penal previsto en el artículo 105 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Es el único órgano público que está facultado para ejercer la acción penal y ello lo obliga en este nuevo sistema a tener la carga de la prueba. Además, el Ministerio Público tiene una nueva obligación: será el encargado de coordinar a los policías y a los servicios periciales en la investigación. Dicha investigación deberá ser de calidad, ya que en ella se sustenta el ejercicio de la acción penal.
Como resaltaron Chris Gair y Ángel Valencia, en sus experiencias, es necesario que la figura del Ministerio Público cuente con:
- Capacitación: Deben conocer su nuevo rol dentro del proceso penal, deben entender que en este proceso el imputado es inocente hasta que se demuestre lo contrario, entonces la carga de la prueba la tiene el ministerio público y así poder dirigir su investigación con calidad y respeto a los derechos humanos;
- Estándares sobre la calidad en la investigación: Deben saber que la investigación debe ser científica, esto para sustentar la imputación y acusación en el proceso penal y si es necesario, desahogar la prueba y convencer al juzgador de la responsabilidad del imputado.
La investigación es la base del proceso penal acusatorio, es por eso que el ministerio público se enfrenta a un panorama desalentador para después del 18 de junio de 2016, ya que:
- Se cuenta con 3,896 agencias del Ministerio Público y de estas, se cuenta únicamente con 8,589 agentes del ministerio público, esto nos da a un total de 2.2 agentes del ministerio público por cada agencia. Es necesario tener en cuenta que el número de carpetas de investigación o averiguaciones previas abiertas en el 2014 son de 1,580,000, ergo, si asignamos una carpeta de investigación o averiguación previa por cada agente del ministerio público, entonces tendríamos una carga de trabajo de 183 averiguaciones previas o carpetas de investigación por agente del ministerio público;
- El proceso de denuncia es preocupante puesto que el 50% de los ciudadanos afirmaron que les tomo dos horas o menos, el 28.9% afirmó que tuvo que invertir más de 4 horas para denunciar, además, el 53% de las denuncias no fue detenida la persona responsable, esto nos denota que estamos frente a un ministerio público que encuentra 5 de cada 10 personas responsables de cometer un delito[1].
El ministerio público tiene grandes retos que no podrán ser resueltos de la noche a la mañana, sin embargo, las experiencias de otros países en el proceso de consolidación de un nuevo sistema pueden ayudar a evitar errores.
[1] INEGI. Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal 2015.