En enero de 2013 la Secretaria de Gobernación publicó una “cartilla de derechos humanos” en materia de detenciones.
Si bien este documento pretende ajustar la actuación de las autoridades federales con lo que establece la Constitución en materia de derechos humanos, dista mucho de ser un protocolo ya que carece de definiciones, obligaciones, criterios de aplicación y procedimientos.
A nivel internacional hay ejemplos que son más complejos y que en verdad sirven de marco para regular la actuación de la autoridad bajo un amplio número de circunstancias. Por ejemplo, la policía que opera en Inglaterra, Gales e Irlanda tiene un protocolo que reglamenta: la transportación de imputados, la custodia, la valoración de necesidades de atención médica o psicológica, el diseño de las instalaciones y algunas capacidades indispensables que debe tener el personal para garantizar que existan las condiciones mínimas para respetar las garantías fundamentales. A comparación de este protocolo, la cartilla bajo la cual se guía la Policía Federal en México se limita a la enumeración de frases, lo que la hace poco funcional.
Si bien no es necesario, ni mucho menos suficiente, cambiar la ley que ordena a la Policía Federal, sí es indispensable que se desarrollen todos los protocolos que reglamenten su actuación y e impongan estándares mínimos. Más aún cuando en 2008 se aprobó una reforma constitucional que ha sido calificada como garantista por ser más apegada al respeto de los derechos humanos. En el Código Nacional de Procedimientos Penales, emanado de esta reforma, existe una audiencia llamada de “control de detención” en la que se verifica que los derechos procesales de un posible imputado hayan sido cabalmente respetados. Si en esa audiencia se comprueba que las autoridades violentaron los derechos del detenido se invalida la actuación y, en consecuencia, no puede imputarse delito alguno y menos iniciar un proceso penal o investigación. Este Código se estará implementando a nivel federal en todo el país a lo largo de los siguientes dos años y hoy ya opera en las delegaciones que corresponden a Durango y Puebla.
Casos como el de Sandino Bucio, ocurrido el pasado viernes 28 de noviembre, nos demuestran que la autoridad federal no está preparada para hacer su trabajo de forma que no comprometa ni los derechos humanos ni la factibilidad de llevar a alguien ante la ley. Lo que muestra el video de la detención efectuada por la Policía Federal no cumple de ninguna forma los parámetros necesarios para ser considerada legal y, sin importar la responsabilidad o no del detenido, en cualquier sistema de justicia serio es suficiente para invalidar cualquier tipo de procedimiento penal.
Regular las actuaciones de detención y generar verdaderas capacidades en los operadores son dos de las tareas más urgentes que tiene la Policía Federal de cara a lo ya establecido en la Constitución. Además de asegurar la capacitación y equipamiento de sus elementos, la Policía Federal debe contar con los instrumentos marco para garantizar que todas sus actuaciones tengan los mínimos que requiere un proceso penal legítimo y no comprometer así todo el proceso de procuración e impartición de justicia.
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