Por Fabiola J. Mondragón*

Durante las últimas semanas, distintas autoridades, particularmente miembros de la Conago, así como otros personajes de la esfera política nacional, han culpado al Sistema de Justicia Penal Acusatorio (SPJA) –cuya vigencia plena comenzó en junio de 2016– de la ola de inseguridad y violencia que ha aquejado al país desde hace varios años.[1]

 

 

No obstante, tal como muestran los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), el repunte en la tasa de homicidios se ha gestado desde 2014. Además, pese a que la tasa de 2016 es la más alta de los últimos dos años, sigue siendo menor a la tasa de homicidios alcanzada entre 2010 y 2012, cuando la estrategia de seguridad contra el narcotráfico del expresidente Felipe Calderón estaba en su apogeo y el sistema acusatorio aún no era vigente para todos los delitos ni para todo el territorio nacional.

Lo que los datos reflejan, precisamente, es que son las políticas de seguridad pública las que inciden en las variaciones en la incidencia delictiva y la violencia, y no la operación del sistema de justicia. No obstante, pese a la falta de evidencia que demuestre una relación causal entre ambos factores, desde la perspectiva de estas autoridades, la solución al problema de inseguridad es modificar el sistema de procuración y administración de justicia.

El problema con este diagnóstico reside en dos puntos. Primero, parte del supuesto erróneo de que una de las funciones del sistema de justicia es prevenir la delincuencia, función que en realidad corresponde a las políticas públicas de prevención del delito. En consecuencia, no sería aventurado afirmar que dichos cambios no resolverán el problema de inseguridad; al contrario, serán violatorios de algunos de los principios en los que se sustenta el sistema acusatorio (como la presunción de inocencia).

De acuerdo con las declaraciones recientes, el SJPA es “una puerta giratoria donde entran y salen los delincuentes, una y otra vez”. Esta puerta giratoria es causada, aseguran, por la reducción del catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. Por tanto, uno de los cambios legislativos propuestos por estas autoridades es la reforma al Artículo 19 constitucional para ampliar al catálogo de delitos con los que el juez puede ordenar la prisión preventiva de manera oficiosa.

Sin embargo, la evidencia no respalda las declaraciones hechas en contra del nuevo sistema. Primero, porque no ha habido una reducción notable en el uso de la prisión preventiva en México a partir de la entrada en vigor del SJPA. En segundo lugar, no existe evidencia que demuestre que el uso de la prisión preventiva disminuya la inseguridad pública o la violencia. Al contrario: sí existen datos que demuestran los grandes costos que implica el abuso de la prisión preventiva.

 

 

Sobre el primer punto, tal como muestra la gráfica previa, de acuerdo con datos de la Comisión Nacional de Seguridad (CNS), 4 de cada 10 presos son personas que no han recibido una condena. Esta cifra se ha mantenido constante durante los últimos 16 años. Por lo que, al menos a la fecha, no existe evidencia que demuestre una disminución notable en el uso de la prisión preventiva.

Respecto al segundo punto, según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, no se ha encontrado información empírica alguna que demuestre que un incremento en el uso de la prisión preventiva contribuya a disminuir los niveles de delincuencia o de violencia. Por tanto, el incremento del uso de la prisión preventiva y de las penas privativas de la libertad en general, no es la mejor estrategia para lograr los fines de la seguridad ciudadana.

En cambio, el abuso de la prisión preventiva sí implica graves costos, no sólo para el imputado, sino para la sociedad en general. El mejor ejemplo es la saturación del sistema penitenciario causado por el abuso de la prisión preventiva como medida cautelar: hoy, el país cuenta con 379 centros penitenciarios, de los cuales, 157 –casi la mitad– están sobrepoblados (con un excedente de 24,221 personas).

De acuerdo con los datos empleados, se calcula que, si al menos una de cada cuatro personas en prisión preventiva estuviera sujeta a alguna medida cautelar alterna, el sistema penitenciario podría resolver el problema de sobrepoblación y todas las consecuencias que trae consigo.

 

 

Por ejemplo, debido a esta saturación de las cárceles, el gobierno ha perdido control en las cárceles, al dejar a todas estas personas en prisión preventiva expuestas a los vicios y peligros del sistema penitenciario mexicano. De acuerdo con registros de la Secretaría de Gobernación, del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social y de la CNDH, entre 2013 y 2016, en las cárceles mexicanas hubo 3,159 riñas y 24 motines, en los cuales murieron 271 internos (incluidas personas en prisión preventiva). Sólo en 2016 –el año más violento–, hubo 85 asesinatos.[2] El panorama para este año no es diferente y muestra de ello son los recientes sucesos ocurridos en el penal de Acapulco, en los que murieron más de 28 internos.[3]

Además, mientras mayor es la población penitenciaria, mayores son los recursos que el gobierno debe destinar para su manutención y operación. De acuerdo con estadísticas oficiales del gasto, en 2014, se emplearon –en promedio– 4.6 millones de pesos por día en los centros penitenciarios federales y 32.4 millones en los centros penitenciarios estatales. Si dividimos los 37 millones de pesos diarios que se gastaron entre los 257,807 reclusos que había en agosto de 2014, podemos asumir que –en promedio– se requirieron 140 pesos al día para la manutención de cada persona reclusa. Este monto equivale al doble del ingreso diario de una familia mexicana que gana el salario mínimo. Si lo multiplicamos por las 141,189 personas que estaban en prisión preventiva en 2016, se gastaron diariamente –al menos– más de 20 millones de pesos para la manutención de personas no sentenciadas que, además, dejaron de proveer recursos a sus familias.

Es necesario subrayar que, así como la prisión preventiva no es sinónimo de justicia, liberar a estas personas tampoco es sinónimo de impunidad. El nsjp incluye medidas cautelares alternativas a la prisión preventiva, las cuales, de ser aplicadas correctamente, protegen tanto la presunción de inocencia como la seguridad ciudadana. Hasta la fecha, la evidencia muestra que, en los casos en los que el juez ha impuesto una medida cautelar distinta a la privativa de libertad –como los casos de la “presentación semanal” o la “prisión domiciliaria”­– más de 90% de las personas las ha cumplido.[4] Éstas, además de ser menos costosas, son alternativas también muy eficientes. Sin embargo, para que estos mecanismos sean usados apropiadamente, es necesario contar con Unidades de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso.

En resumen, no existe evidencia que respalde las acusaciones en contra del sistema acusatorio. Tampoco existe evidencia de que el uso de la prisión preventiva oficiosa impacte positivamente sobre el problema de inseguridad y violencia. Al contrario, al ampliar el catálogo de delitos sujetos a esta medida promovería su abuso, contribuiría a la saturación de las prisiones, representaría un gasto significativo para el gobierno y, al ser excesiva e irracional, incrementaría el problema de violaciones a derechos humanos.

*Fabiola J. Mondragón es investigadora del Área de Justicia de CIDAC.

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[1] http://www.lacronica.com/EdicionEnLinea/Notas/Noticias/07062017/1223605-Es-Nuevo-Sistema-de-Justicia-Penal-puerta-giratoria-Gobernador.html

[2] http://www.excelsior.com.mx/nacional/2017/06/13/1169386

[3] http://www.eluniversal.com.mx/articulo/estados/2017/07/6/sube-28-el-numero-de-muertos-por-rina-en-penal-de-acapulco#imagen-1

[4] http://redjusticiaprevia.com/producto/oficina-de-medidas-alternativas-y-sustitutivas/ Disponible en http://redjusticiaprevia.com/wp-content/uploads/2017/01/argentina-inecip-publica-alentador-informe-sobre-proyecto-piloto-de-servicios-previos-al-juicio-OMAS.pdf

 

A través del buen aprovechamiento de los datos y las historias, Proyecto Justicia es un proyecto editorial y de investigación que tiene como objetivo sentar las bases de la justicia abierta en México, así como contribuir al fortalecimiento de la consolidación del nuevo sistema de justicia penal.