Desde hace un par de décadas, los Derechos Humanos en nuestro país han tomado un realce importante propiciando su difusión, promoción y protección. Numerosas son las instituciones que han contribuido a ello, trayendo como consecuencia la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, efectuada en Junio de 2011 en materia humanitaria. Pero ¿realmente los conocemos? Originalmente la Declaración de los Derechos Humanos reconocía ciertos derechos fundamentales primordiales, sin embargo conforme han transcurrido los años y debido a los requerimientos sociales se han creado diversas categorías que incluyen  más de ellos. Les compartimos la primera parte de la lista para tenerlos siempre presentes:

  • Libertad e Igualdad para todos los seres humanos, quienes nacen dotados de razón y conciencia;
  • Reconocimiento de los derechos proclamados en la Declaración de Derechos Humanos, sin distinción de sexo, nacionalidad, idioma, religión, opinión política o cualquier otra condición, (La no discriminación);
  • Derecho a la Vida, libertad y seguridad de la persona;
  • Prohibición de la Esclavitud, o trata de esclavos;
  • Prohibición al sometimiento por tortura ni penas o tratos crueles, inhumanos y degradantes;
  • Derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica en cualquier parte del mundo;
  • Derechos de Igualdad para todos los seres humanos;
  • Derecho a ser protegido por la ley de manera igualitaria;
  • Derecho a un recurso efectivo ante los violaciones de Derechos Humanos;
  • Derecho a protección por delincuencia organizada trasnacional y terrorismo;
  • Derechos a la concepción informada y voluntaria;
  • Derecho a condición garante del estado ante los derechos humanos;
  • Derecho a la aplicación en el proceso del Control Convencional;
  • Derecho al Debido Proceso;
  • Derecho a juzgar sobre crímenes de guerra y su imprescriptibilidad;
  • Derecho al debido proceso y a la comunicación detallada de la acusación;
  • Derecho a tener un defensor, comunicarse con él y a la asistencia consular;
  • Derecho al debido proceso a interrogar testigos y a no declarar en contra de sí mismo;
  • Derecho de traductor en el debido proceso;
  • Derecho acceso a la justicia;
  • Derecho a la presunción de inocencia;
  • Derecho al agua;
  • Derecho al olvido de datos personales;
  • Derecho a la alimentación;
  • Derecho al asilo;
  • Derecho a contraer matrimonio;
  • Derecho a la Cultura;
  • Derecho a la Educación;
  • Derecho a elecciones democráticas y al voto secreto;
  • Derecho de Huelga;
  • Derecho de indemnización por error judicial;
  • Derecho inviolabilidad de domicilio;
  • Derecho al medio ambiente;
  • Derecho de protección a la Mujer;
  • Derecho a una Nacionalidad;
  • Derechos de los Niños;
  • Derecho a la paz y seguridad;
  • Derecho de protección para personas discapacitadas;
  • Derecho de protección para adultos mayores;
  • Derecho de personas privadas de su libertad;
  • Derecho de petición;
  • Derecho a propiedad intelectual y propiedad privada;
  • Derecho de Pueblos Indígenas;
  • Derecho a la Salud;
  • Derecho al Trabajo.

Karen Lizeth Gutiérrez Ávalos