marzo 4, 2015
DEFENSORES PÚBLICOS
Jugando en desventaja
Por Silber Meza
Parte 1. El derecho a la defensa En una de las 12 salas de audiencias del Distrito Judicial Morelos, en Chihuahua, el defensor de oficio Felipe Fierro enfrentará a dos ministerios públicos en un juicio de violación. A su lado está el acusado, Arturo, un ex militar que viste playera gris y lleva el cabello raso como si aún estuviera en servicio. Ha pasado un año y 10 meses en prisión preventiva por la violación de su hija de 12 años. En el juicio la juez le ofrece la palabra para dar su versión de los hechos. Arturo la toma, en contra de la recomendación de su abogado. Hay poco que hacer a su favor, pero el defensor lo intenta todo durante la etapa de sustento y contradicción de pruebas. Fierro quiere al menos sembrar una duda razonable y pide a la juez tomar en cuenta que la violación, aunque comprobada, no vincula directamente a Arturo. Las MP refutan su petición y exigen tomar por buena la prueba científica. Desde su asiento, el defensor recuerda que las declaraciones de la menor se contradicen con las de otros testigos presentados por la parte acusadora. Sus contrincantes le rebaten y exhortan a la juez a no tomar en cuenta el argumento. Fierro juega su última carta: hay antecedentes de violencia familiar que protagonizaron Arturo y su esposa. No hay que descartar, dice, que detrás de la acusación de la hija puede haber un sentimiento de rencor contra el acusado. El argumento no procede. La juez concluye el juicio y dicta condena de 45 años de prisión para Arturo. El defensor cierra su carpeta, se levanta apresurado y sale de la sala. Lamenta la derrota pero sabe que no tenía oportunidad. Arturo, sin embargo, tenía derecho a una defensa profesional y gratuita, como garantiza la Constitución, y Fierro cumplió con su labor de “representar con honestidad, responsabilidad y buen trato a su defendido”, como obliga la ley de Defensoría Púbica de su entidad. Los defensores públicos son actores fundamentales en el Nuevo Sistema de Justicia Penal, dice Genaro García, presidente de la Asociación Nacional de Defensorías Públicas Estatales de la República Mexicana (Anadepe), que tiene representación en las 32 entidades del país. No obstante, representan “el aspecto más olvidado, menos atendido, menos apoyado, menos capacitado y más mal pagado de todo el sistema de justicia”, afirma Miguel Ángel Soto Lamadrid, ex magistrado y ex director de la Defensoría de Oficio en Sonora. Ni los gobiernos estatales ni la Federación se interesan por ellos, asegura, porque “no son un instrumento político, sino un servicio a la comunidad.” “No realizamos una defensa completa ni exhaustiva porque las cargas de trabajo nos lo impiden”Mireya Mendieta, directora de la Defensoría de Tlaxcala, describe las condiciones antes del cambio de sistema de justicia penal.
La implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal ha implicado intensos procesos de capacitación.
PARTE 2. Chihuahua, un caso de éxito en riesgo
En el primer piso de un edificio ubicado en el número 710 de la calle de Ojinaga, hay una larga oficina rectangular, sin paredes ni cubículos, donde están alineados los escritorios que ocupan los defensores públicos de Chihuahua. Frente uno está sentado Felipe Fierro, abogado de 30 años que comenzó su carrera como defensor en 2006, luego de renunciar a su puesto como Ministerio Público.
Ese año Chihuahua inició su tránsito hacia el Nuevo Sistema de Justicia Penal, que el primero de enero de 2007 comenzó a operar en uno de los 14 distritos judiciales en que se divide el estado. Fue, junto con Oaxaca, la primera entidad en poner en marcha las reformas constitucionales, un año y medio antes de que aparecieran publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de junio de 2008.
“Hay el riesgo de que en el país ocurra lo que sucedió en el estado en esos primeros años.”Jorge Abraham Ramírez, director del Centro Estatal para la Instrumentación del NSJP de Chihuahua, con respecto a la primera etapa de la implementación del nuevo sistema en Chihuahua y el modelo que propone el Código Nacional de Procedimientos Penales
Para entonces, el estado ya contaba con su propia Ley de la Defensoría Pública, publicada en diciembre de 2006, y había puesto en marcha un estricto proceso de depuración y selección de defensores públicos, que obligó aproximadamente a 600 aspirantes a pasar al menos cuatro filtros de prueba, relata Fierro.
Luego de la selección vino una intensa etapa de capacitación en el Nuevo Sistema de Justicia Penal, que convirtió a los defensores públicos de Chihuahua en un ejemplo de desempeño en el país. Actualmente, ocho de los 136 defensores de la entidad tienen la certificación obligatoria para impartir cursos en los estados.
Pero el comienzo no fue fácil, dice Fierro. “Había mucha resistencia frente al Nuevo Sistema, sobre todo de los abogados privados, quienes aseguraban que era anticonstitucional”.
Jorge Neaves, director de la Defensoría Jurídica del estado, admite que en esa primera etapa hubo varios errores. Entre otros, asegurar que la reforma abatiría la violencia. “Había spots que lo prometían, pero esa no es la función del sistema acusatorio”, dice.
En Chihuahua la entrada en vigor de la reforma al sistema de justicia coincidió con la estrategia de combate al crimen organizado que emprendió el ex presidente panista Felipe Calderón. La violencia escaló en la entidad y entre 2008 y 2010 al menos 13 funcionarios de la Procuraduría estatal fueron asesinados, así como 98 policías investigadores, agentes del Ministerio Público y peritos, de acuerdo con las cifras del estado.
Como el sistema era “demasiado garantista”, explica Neaves, los delincuentes se aprovecharon y la gente se sintió vulnerable. “Hubo una sensación de impunidad”, dice.
El modelo entonces tuvo que ser modificado. Desde su operación, en 2007, el Congreso local ha legislado más de 200 reformas al sistema con el fin de adaptarlo a la realidad del estado, dice Jorge Abraham Ramírez, director del Centro Estatal para la Instrumentación del NSJP de Chihuahua.
Ramírez asegura que el sistema garantista que operó en la entidad durante su primera etapa es similar al que propone el Código Nacional de Procedimientos Penales, y advierte que hay el riesgo de que en el país ocurra “lo que sucedió en el estado en esos primeros años.”
Para el defensor Felipe Fierro, el modelo acusatorio tiene más bondades que defectos y asegura que hay tres elementos clave que lo diferencian del sistema tradicional: la contradicción que permite cuestionar las pruebas que aporta el MP; la inmediación de parte del juez, y su transparencia al permitir que cualquier persona presencie un juicio y siga el proceso.
“Esto no pasaba con el sistema anterior”, dice el defensor al recordar un caso que ilustra sus palabras.
A mediados de septiembre de 2010, relata, una camioneta apareció estacionada frente a la casa de Rodrigo, un empleado de maquiladora que vivía en la periferia de la ciudad de Chihuahua. La policía aseguró más tarde el vehículo y lo detuvo. El MP lo acusó de formar parte de una banda de secuestradores que ese mismo día había privado de su libertad a Carlos, un burócrata jubilado.
Los secuestradores negociaron la liberación de su víctima a cambio de 40 mil pesos y una camioneta: la misma que habían abandonado frente a la casa de Rodrigo.
El joven permaneció en prisión preventiva durante el año y medio que duró el proceso en su contra. Recuperó su libertad gracias a que Felipe, su defensor, pudo comprobar su inocencia al demostrar que el vehículo había sido estacionado una hora después de la liberación de Carlos, esto es, cuando ya se había consumado el delito.
“Se pagó el rescate, se entregó a la víctima, recobró su libertad: ahí se agota el hecho delictivo”, dice Fierro.
En su estrategia de defensa, el joven abogado recurrió al “método de interrogación” que garantizan los artículos 361 y 362 del Código de Procedimientos Penales de Chihuahua. “La declaración de los testigos y peritos se sujetará al interrogatorio de las partes”, se lee en el párrafo 3 del artículo 361.
Fierro empleó este recurso para llamar a declarar a la víctima y sus familiares, quienes no reconocieron a Rodrigo y, en cambio, precisaron las horas en que había ocurrido la liberación de Carlos.
Fierro advierte que en el antiguo sistema mixto no hubiera podido ganar este caso porque la ley no permitía la contradicción de las pruebas del MP. Es decir, que el defensor presentara nuevas declaraciones para ofrecer una realidad distinta a la descrita originalmente por la parte acusatoria, explica.
Gracias a esa garantía hubo justicia para Rodrigo, dice Fierro. El juez lo absolvió y condenó a 20 años de prisión a los tres implicados en el secuestro.
Chihuahua es la entidad que más ha avanzado en la aplicación del nuevo sistema de justicia penal, de acuerdo con el ranking del Reporte de Hallazgos 2014, de CIDAC.
Desde su entrada en vigor, en 2007, el sistema ha recibido más de 3 mil 500 millones de pesos del gobierno estatal y de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID, por sus siglas en inglés), según datos de la entidad.
Adicionalmente, el estado de Chihuaua ha recibido 118 millones 812 mil pesos de presupuesto federal por medio del subsidio que otorga SETEC.
Esta inyección de recursos, sin embargo, no mejoró las condiciones de la defensoría en la entidad, que en los últimos ocho años vio caer casi 30% su presupuesto: si en 2007 contaba con 70 millones de pesos, en 2014 bajó a 50.7 millones de pesos. De esa cifra, 95% se destina a salarios y gastos de operación.
La Fiscalía estatal, en cambio, recibió 2 mil 899 millones de pesos en 2014. Parte de ese presupuesto se empleó para financiar su área de servicios periciales (83 millones 67 mil pesos), para investigación y persecución del delito (848 millones 806 mil pesos), capacitación y profesionalización de su personal (30 millones 282 mil 900 pesos), e invertir en infraestructura física y tecnológica (12 millones 453 mil 373 pesos).
La Defensoría de Chihuahua además no tiene autonomía presupuestaria, como sí sucede con el Instituto de la Defensoría Pública de Nuevo León, que en 2014 contó con un presupuesto seis veces mayor: 269 millones 171 mil 291 pesos, según la Ley de Egresos del estado.
Tampoco tiene un laboratorio pericial propio y todos los estudios debe pagarlos el imputado o mandarlos a hacer con su rival de juicio: la Fiscalía, que sí cuenta con una infraestructura adecuada. Sus laboratorios son de alta calidad, mejores incluso que los federales, afirma Abraham Ramírez, del Centro Estatal para la Instrumentación del NSJP de Chihuahua.
En México sólo dos estados cuentan con servicio de peritaje, según datos de la Anadepe. Estos son Hidalgo y el Estado de México. El Distrito Federal, por su parte, ya inició la construcción de un laboratorio de criminalística para los defensores públicos.
“Es un vacío muy grande que tenemos que cubrir”, dice Genaro García, presidente de la Anadepe y también director del Instituto de Defensoría de Hidalgo.
La caída presupuestaria de la Defensoría en Chihuahua obligó también a recortar 32% de su personal en los últimos cinco años, según datos de la dependencia. De 200 defensores que había en 2010 para atender 5,000 expedientes, actualmente hay 136 que desahogan 19,000 causas penales. En ese periodo, su promedio de casos pasó de 25 a 190 por defensor.
“Entre más asuntos atiendas, la calidad de tu defensa puede verse afectada”, dice el abogado Fierro. Por eso, explica, los defensores no pueden visitar una vez a la semana al imputado, como obliga el artículo 9 de la Ley de Defensoría Pública estatal.
A pesar de la caída presupuestal y el recorte de personal, las condiciones de trabajo de los defensores públicos de Chihuahua están consideradas entre las mejores en el país. Sin embargo, no cuentan con recursos suficientes para su labor y esto los obliga a cubrir las carencias con su propio dinero.
Chihuahua en evaluación de CIDAC
Los defensores pagan con su salario las copias de los expedientes, trabajan horas extras porque no cuentan con asistentes, y utilizan sus propios vehículos para trasladarse a las audiencias.
La Dirección de la Defensoría, a su vez, lleva el control del tiempo que utilizan los defensores en cada audiencia, a través de mensajes de WhatsApp en los que reportan sus horas de entrada y salida. Así puede saber que cada defensor utiliza casi 4 horas de su día en audiencias.
En febrero de 2014 el gobierno de Chihuahua no sólo no aumentó el salario de sus defensores, como hacía cada año, sino que lo redujo.
“Hubo un recorte de 20%”, asegura Fierro. Los defensores no lo toleraron y recurrieron a un paro de labores para reclamar mejores salarios y demandar al estado el establecimiento del servicio civil de carrera, como obliga artículo 17 constitucional.
El paro concluyó luego de que las autoridades estatales se comprometieron a reembolsar el salario que les habían recortado.
COMPARATIVO: Salarios de defensores públicos y MP por entidad
Cada gobierno estatal y el federal tiene su propia legislación de defensoría pública y su propia institución.
Parte 3. Disparidades y desventajas
En octubre de 2014, la Defensoría Pública de Chihuahua se integró a la estructura del Supremo Tribunal de Justicia del estado, como parte de la reforma a la ley orgánica del Poder Judicial local.
De acuerdo con el gobierno estatal, este cambio no afectó las condiciones laborales de los 136 defensores de oficio de la entidad, quienes reciben salarios de 23,500 pesos mensuales y 45,000 para el caso del director.
Tlaxcala: rumbo al nuevo sistema de justicia penal
Felipe Fierro admite que su salario es bueno en comparación con los defensores de otros estados como Sinaloa, donde el sistema de justicia acusatorio comenzó a operar en octubre de 2014 y los defensores ganan 6,800 pesos.
Sin embargo, advierte que su ingreso ha perdido terreno en relación con su carga laboral. “Si comparas cuánto gana un defensor público federal, o uno de Monterrey, Aguascalientes, Guanajuato o Querétaro, verás que ya estamos rezagados”, dice.
En Guanajuato, los defensores del nuevo sistema ganan 47 mil 300 pesos mensuales: lo mismo que el Ministerio Público. Así lo obliga el artículo 17 de la Constitución, que prohíbe a los gobiernos remunerar con menos ingresos a los defensores públicos que a los MP.
Pero las diferencias en el resto del país persisten. En Tlaxcala, hasta antes de que el NSJP comenzara a operar este año, la defensora pública Flora Olivares ganaba 7,950 pesos mensuales, frente a los 10,325 pesos al mes que recibe el Ministerio Público.
En esta entidad, los 27 defensores públicos –12 de ellos adscritos al área penal– no se dan abasto para atender el número de casos a su cargo. Cada defensor de las materias civil y familiar acumula entre 150 y 200 asuntos, mientras los de materia penal atienden más de 100 casos, en promedio, dice Mireya Mendieta, directora de la Defensoría de Tlaxcala.
“Soy privilegiada que sea elegida como uno de los defensores para asistir a esos cursos y prepararme”Defensora pública Flora Olivares, quien ha participado en capacitaciones para la operación del nuevo sistema de justicia penal en Tlaxcala
“No realizamos una defensa completa ni exhaustiva porque las cargas de trabajo nos lo impiden”, reconoce Mendieta. De acuerdo con estadísticas de la dependencia, de cada 10 averiguaciones previas que integra el MP, los abogados privados atienden dos y los defensores de oficio ocho.
José Ramón Cossío Díaz, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, alertó de esta disparidad de salarios entre defensores y ministerios públicos, en un artículo publicado en mayo de 2013 en el periódico El Universal.
En el texto asegura que es muy difícil que los defensores realicen un trabajo eficiente con los sueldos que perciben y las cargas de trabajo que acumulan.
Ante falta de recursos, muchos defensores pagan con su salario las copias de los expedientes y trabajan horas extras.
PARTE 4. Hidalgo: el proceso de cambio
Al filo de las 6 de la mañana del martes 18 de noviembre de 2014, Sofía, Karla y Eustaquio asaltaron a María y Antonio cuando caminaban por el centro de Pachuca, en Hidalgo. Las víctimas llamaron a la policía y los responsables fueron detenidos y puestos a disposición del Ministerio Público, acusados por el robo de 3 celulares y 85 pesos.
A las 9 de la mañana, los detenidos llamaron al Instituto de Defensoría Pública y en menos de media hora llegó Alejandra Zamorano, una abogada de 33 años que desde hace un lustro se desempeña como defensora de oficio.
Este fue el primer caso del sistema de justicia penal acusatorio en Hidalgo, que entró en vigor ese mismo día y permitió desahogar el asunto mediante un recurso alternativo porque el delito no era grave.
La defensora negoció con el agente del Ministerio Público la reparación del daño y el caso pasó a la justicia restaurativa que opera en el ámbito de la Procuraduría del estado. Los facilitadores sensibilizaron a las partes, acordaron el regreso de los bienes robados y el pago de 3 mil pesos por un celular que nunca apareció.
Si este caso hubiera sucedido un día antes, el acuerdo de reparación del daño negociado por la defensoría no hubiera sido posible.
Si este caso hubiera sucedido un día antes, el acuerdo no hubiera sido posible, coinciden Zamorano y García, director del Instituto de la Defensoría estatal.
En el sistema mixto el defensor habría sugerido a los detenidos que no declararan. El MP habría tenido 48 horas para ponerlos a disposición de un juez, y este les habría ordenado el pago de una fianza de al menos 5 mil pesos, que era el valor del teléfono que no fue devuelto.
El proceso en el sistema mixto hubiera tardado al menos 48 horas, pero la salida alternativa duró apenas una hora y media.
Hidalgo arrancó con el Sistema de Justicia Penal acusatorio en el primer distrito judicial con base en Pachuca, y para este 2015 proyecta ampliarlo al distrito de Tizayuca. Los dos distritos abarcan 8 municipios y, según la planeación, de manera gradual se incorporará el resto de 84 ayuntamientos organizados en los 17 distritos en que se divide la entidad.
Para el arranque del Nuevo Sistema de Justicia Penal, Hidalgo elaboró la Ley Orgánica del Instituto de Defensoría Pública, que elevó su rango –antes era dirección– y lo convirtió en un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobierno.
Su legislación establece el servicio profesional de carrera, instruye la creación de unidades con peritos, auxiliares y trabajadores sociales, y da preferencia a la mediación para la resolución de los casos.
Actualmente la defensoría estatal opera en un edificio de cuatro pisos dividido en tres áreas estructurales: la recepción donde el visitante se registra, la asesoría jurídica que aplica el estudio socioeconómico y ofrece el primer contacto con la psicóloga de la institución, y un piso completo para los defensores, con sus propios cubículos.
Las instalaciones alcanzan para albergar un área de juntas y una sala de capacitación para el juicio oral. En este lugar se realizan simulacros constantes para capacitar a defensores públicos y particulares que lo soliciten.
La dependencia además está en proceso de instalar el Sistema Informático de Gestión Integral (SIGI), que permite automatizar el proceso penal de las instancias que participan en el Sistema de Justicia Penal, y promueve un flujo de trabajo coordinado y transparente entre los operadores.
Genaro García, del Instituto de la Defensoría Pública, admite que tardaron en el arranque pero el retraso les ayudó para aprender de las áreas de oportunidad de otros estados como Baja California y Chihuahua, y adaptar sus leyes al nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales.
Cada gobierno estatal y el federal tiene su propia legislación de defensoría pública y su propia institución. La mayor parte está integrada al Poder Ejecutivo local, con excepción de Chiapas, Durango, Coahuila, Quintana Roo y Chihuahua, donde dependen del Poder Judicial.
Hay especialistas que critican su dependencia de los gobiernos –que también tienen a su cargo al Ministerio Público–, porque es “incongruente que un solo poder defienda y acuse a la misma persona”, escriben Edgar Cortez, Alejandro Corona y Alejandro Jiménez en el Diagnóstico y propuestas de rediseño institucional de defensorías públicas, publicado por el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (IMDHD).
“Que la institución de defensa pública pertenezca a la estructura orgánica del Poder Ejecutivo conlleva a un conflicto entre el interés de este poder referente a la política criminal y el interés del defendido”, apunta el diagnóstico.
“En este conflicto –explican– la política criminal suele tener mayor peso político, es decir, el Ejecutivo prefiere mostrarse ante la sociedad como aquel que persigue y previene la comisión de delitos, antes que como aquel que defiende a los posibles responsables de estos”.
Ante a esta disyuntiva, los defensores públicos casi siempre están en desventaja frente a los ministerios públicos, quien gozan de mejores salarios y condiciones de trabajo, en casi todas las entidades del país.
Históricamente, los defensores públicos han tenido un “bajo perfil” y una historia poco prestigiada, asegura Genaro García, de la Anadepe. Pero su situación, comenzó a cambiar a partir de la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, que ha contribuido a su profesionalización, dice.
Desde 2008, los defensores han tenido que tomar los cursos de capacitación que ofrece la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal (Setec) y la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, (USAID, por sus siglas en inglés).
Gracias al NSJP, asegura García, el defensor público dejó de ser lo que hace 30 años: “el que iba por los cigarros del juez y el Ministerio Público”.