En esta #PreguntaFrecuente explicaremos qué son las medidas cautelares.

Las medidas cautelares son “aquellas resoluciones emanadas de un órgano jurisdiccional, aplicables al imputado por un tiempo determinado a fin de asegurar su presencia en el procedimiento; evitar que obstaculice su desarrollo; garantizar la seguridad de la víctima u ofendido o la del testigo (art. 153)  y el cumplimiento de una eventual sentencia” .

En el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) en el artículo 154 establece que podrán ser solicitadas en aquellos casos en que se busque asegurar la presencia del imputado en el procedimiento, garantizar la seguridad de la víctima, ofendido o victima; o evitar la obstaculización del procedimiento. Las medidas cautelares son solicitadas por:

  1. a) Ministerio público;
  2. b) Víctima u ofendido.

Y siempre y cuando se haya:

  1. Formulado imputación, una vez que el imputado se haya acogido al plazo constitucional de 72 horas o la duplicidad del término;
  2. Se haya vinculado a proceso al imputado.

Las medidas cautelares existentes son:

  1. La presentación periódica ante el Juez o ante autoridad distinta de aquel que designe;
  2. La exhibición de una garantía económica;
  3. La prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el juez;
  4. El sometimiento al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada o internamiento a institución determinada;
  5. La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse o ciertos lugares;
  6. La prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con determinadas personas, con las víctimas u ofendidos o testigos, siempre que no se afecte el derecho de defensa;
  7. La separación inmediata del domicilio;
  8. La suspensión temporal en el ejercicio del cargo cuando se le atribuye un delito cometido por servidores públicos;
  9. La suspensión temporal en el ejercicio de una determinada actividad profesional o laboral;
  10. El resguardo en su propio domicilio con las modalidades que el juez disponga,
  11. La prisión preventiva;
  12. Colocación de localizadores electrónicos;
  13. Materiales;
  14. Embargo de bienes;
  15. La inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero.
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